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Los
derechos y deberes aquí señalados vienen recogidos en el Real Decreto
732/1995 (B.O.E. de 2 de Junio)
Derechos
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Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su
personalidad.
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Tener las mismas oportunidades educativas.
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A
que su rendimiento escolar sea evaluado con plena objetividad.
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A
que su actividad académica se desarrolle en las debidas
condiciones de seguridad e higiene.
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A
que se respete su integridad física y moral y su dignidad
personal.
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A
que la información que de ellos tiene el Centro sea
confidencial, hasta donde la ley lo permite.
Deberes
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Asistir
a clase con puntualidad y participar en las actividades planificadas en el
Colegio.
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Seguir
las orientaciones del profesorado respecto a su aprendizaje, mostrándole
el debido respeto y consideración.
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Respetar
el derecho al estudio y al aprendizaje de sus compañeros y compañeras.
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Respetar
las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad,
integridad e intimidad de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
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No
discriminar a ningún miembro de la Comunidad educativa por razón de
nacimiento, sexo, raza o cualquier otra circunstancia personal o social.
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Respetar,
cuidar y utilizar correctamente los bienes y las instalaciones del Centro,
así como las pertenencias de los otros miembros de la Comunidad
educativa.
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Colaborar
con sus compañeros/as en la realización de las tareas escolares
encomendadas
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